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18 de septiembre de 2026
Condiciones Generales de Suministro y Provisión para Tecnología WLAN y VPN
de ASCEND GmbH, Wilhelm-Spaeth-Straße 2, 90461 Nürnberg
1 Ámbito de aplicación
1.1 Las siguientes condiciones generales de suministro y provisión para tecnología de punto de acceso (en adelante, "Hotspot") son aplicables a la instalación y operación de un acceso local inalámbrico a Internet (en adelante, "Hotspot", "red Hotspot" o "red de Hotspot") para su uso por parte de usuarios finales privados ("Usuario"), así como a la cesión de los correspondientes dispositivos de red y la prestación de servicios asociados por parte de ASCEND GmbH, Wilhelm-Spaeth-Straße 2, 90461 Nürnberg (en adelante, "Proveedor" o "Operador"), frente al cliente contratante (en adelante, "Cliente").
1.2 Las condiciones comerciales, de compra o de pedido del Cliente que sean contrarias a las presentes solo serán vinculantes si el Proveedor acepta expresamente y por escrito su validez. Se rechaza cualquier referencia formulada a condiciones generales propias del Cliente.
2 Objeto del contrato
2.1 La instalación y el funcionamiento del punto de acceso (hotspot) se realizan, en principio, exclusivamente para su uso por parte de usuarios finales privados («Usuario») con fines de navegación privada en Internet, siempre que no se derive otro tipo de uso de la oferta del proveedor. El proveedor no está obligado a proporcionar el punto de acceso con idoneidad para otros fines, en particular aquellos que se basen en un uso conforme al punto 6. Asimismo, el proveedor no está obligado a proporcionar el punto de acceso para el establecimiento de conexiones cifradas por parte del Usuario con sistemas de terceros (túnel dentro de túnel).
2.2 El proveedor está obligado a suministrar los equipos de alquiler designados en la oferta y, en la medida en que esté incluido en la misma, se encarga de la instalación de los dispositivos de red y garantiza su operatividad. No se deben otras prestaciones adicionales.
2.3 La velocidad de transmisión de los dispositivos de comunicación de los Usuarios conectados a la red del punto de acceso se ve influenciada de manera determinante por factores locales. El proveedor está obligado, en este sentido, a garantizar la ausencia de defectos técnicos en los equipos proporcionados y en la infraestructura del proveedor. En la medida en que la oferta incluya indicaciones sobre el rendimiento de la conexión (velocidad de transmisión en MBit/s), dichas indicaciones se refieren a valores de rendimiento y desempeño de los equipos técnicos proporcionados por el proveedor y a las estructuras informáticas en el centro de datos del proveedor. El proveedor no está obligado a garantizar la conexión de los dispositivos a la red del punto de acceso ni un ancho de banda determinado para la conexión hacia el punto de acceso.
2.4 El objeto del contrato en la provisión de dispositivos de red es el arrendamiento de los equipos designados en la oferta del proveedor (en adelante, «equipos de alquiler») por el plazo contractual especificado en la oferta. La cesión de los equipos de alquiler se realiza exclusivamente para la instalación y el funcionamiento de una red de punto de acceso destinada al uso por parte de usuarios finales. Queda excluido el uso de los equipos de alquiler para otros fines. En particular, el cliente no está autorizado a ceder el uso de los equipos de alquiler a terceros.
2.5 En la medida en que la oferta del proveedor incluya el enrutamiento VPN, el proveedor asignará al punto de conexión del cliente un controlador VPN operado en el centro de datos del proveedor, al cual se establecerá la conexión del cliente. La conexión posterior a Internet se realizará a través de la conexión a Internet del proveedor. La velocidad de la conexión del cliente a Internet estará determinada por la capacidad máxima del controlador VPN. Esta se especifica en la oferta del proveedor. En este caso, el proveedor solo está obligado a proporcionar el ancho de banda indicado en la oferta. Salvo que se acuerde lo contrario, la tasa máxima de transferencia de datos para carga (upload) y descarga (download) será de 20 MBit/s en cada caso.
3 Entrega y puesta en funcionamiento
3.1 El proveedor entrega los equipos de alquiler designados en la oferta en el lugar de instalación indicado en la misma. El proveedor se encarga de la instalación de los equipos de alquiler y realiza la puesta en funcionamiento. No se deben servicios adicionales. En particular, el proveedor no está obligado a conectar equipos técnicos del cliente a la red de puntos de acceso (hotspot).
3.2 La entrega de los equipos de alquiler y la puesta en funcionamiento se realizarán en el momento indicado en la oferta.
3.3 El cliente deberá crear, antes de la entrega de los equipos de alquiler, los requisitos espaciales y técnicos comunicados oportunamente por el proveedor, que sean necesarios para la instalación y la puesta en funcionamiento de dichos equipos.
4 Disponibilidad
El proveedor garantiza que la red de puntos de acceso (hotspot) estará operativa de forma continua las 24 horas del día, siete días a la semana, con una disponibilidad media anual del 96 %. Quedan excluidas de esta garantía las interrupciones por mantenimiento y actualizaciones, así como los períodos en los que la red de puntos de acceso no pueda prestarse debido a problemas técnicos u otras circunstancias ajenas a la esfera de influencia del proveedor (fuerza mayor, culpa de terceros, etc.). En caso de que el proveedor prevea que las interrupciones por mantenimiento y actualizaciones superarán las tres horas, informará al cliente con al menos tres días de antelación al inicio de los respectivos trabajos.
5 Obligaciones de colaboración
5.1 El cliente deberá tratar los equipos arrendados con cuidado y protegerlos de daños. El cliente garantizará que los equipos arrendados estén protegidos en el lugar de instalación contra influencias atmosféricas y, en particular, contra impactos de rayos, conforme a los requisitos establecidos por el fabricante, y que las instalaciones en las que se monten los equipos arrendados estén suficientemente conectadas a tierra para protegerlas de daños por sobretensión.
5.2 El cliente asegurará el uso correcto y la operación adecuada de los equipos arrendados mediante personal suficientemente cualificado. El cliente cumplirá, en la medida en que le sea razonable, las instrucciones de mantenimiento, cuidado y uso del proveedor, en particular las indicaciones contenidas en los manuales de operación o documentación facilitados.
5.3 El cliente no está autorizado a eliminar, modificar o hacer ilegibles las marcas, placas, números o inscripciones de los equipos arrendados.
5.4 El cliente permitirá a los empleados y representantes del proveedor el acceso libre a los equipos arrendados durante el horario comercial habitual para trabajos de mantenimiento y reparación. En este contexto, deberán respetarse los legítimos intereses de seguridad del cliente.
5.5 El cliente apoyará al proveedor en la ejecución de los servicios en la medida adecuada y a su propio costo. Para ello, el cliente proporcionará, en caso necesario, equipos de acceso y medios de seguridad (por ejemplo, escaleras, plataformas elevadoras o similares), conforme a las normas técnicas de seguridad en el trabajo del Comité de Seguridad en el Trabajo del Ministerio Federal de Trabajo y Asuntos Sociales, con el fin de permitir la realización segura de los trabajos en los equipos arrendados.
5.6 Durante la vigencia del contrato, el cliente designará por escrito a un responsable que posea todas las facultades de decisión y poderes necesarios para los fines de la ejecución de la relación contractual.
5.7 El cliente observará los síntomas y fallos que afecten al funcionamiento de los equipos arrendados y a la red de puntos de acceso, y apoyará al proveedor, en la medida de sus posibilidades y en un grado razonable, en la búsqueda de las causas de las averías, así como, en caso necesario, instará a sus empleados a colaborar con el proveedor o sus representantes.
6 Actividades prohibidas
6.1 En la medida en que se haya acordado un uso comercial del punto de acceso por parte de los usuarios en el marco del uso contractual del mismo, seguirá estando prohibido su uso cuando los usuarios ofrezcan o promocionen a través de la red del punto de acceso contenidos, servicios, productos o actividades de carácter comercial a título oneroso, como concursos con premios, sorteos, operaciones de trueque, negociación de valores, operaciones a plazo con mercancías, anuncios o sistemas piramidales. Asimismo, se considerará un uso no permitido cualquier recopilación electrónica o de otro tipo de datos de identidad y/o de contacto, como direcciones de correo electrónico, o el envío no solicitado de correos electrónicos a destinatarios.
6.2 A través de la red del punto de acceso no podrán realizarse actividades que infrinjan la legislación vigente, vulneren derechos de terceros o contravengan los principios de protección de menores. Esto incluye, en particular, la publicación, difusión, oferta y promoción de contenidos, servicios y/o productos pornográficos, que vulneren las leyes de protección de menores, el derecho de protección de datos y/o cualquier otra normativa, y/o de carácter fraudulento; el uso de contenidos mediante los cuales se ofenda o difame a terceros; la utilización, el suministro y la difusión de contenidos, servicios y/o productos que estén legalmente protegidos o gravados con derechos de terceros (p. ej., derechos de autor), sin que se hayan concedido los derechos necesarios para su uso.
6.3 A través de la red del punto de acceso no podrán realizarse actividades dirigidas a la difusión de virus, troyanos y otros archivos dañinos, el envío de correos basura o spam, así como de cartas en cadena, o a la difusión de contenidos o comunicaciones de carácter lascivo, ofensivo, de índole sexual, obsceno o difamatorio, o de contenidos o comunicaciones que puedan fomentar o apoyar el racismo, el fanatismo, el odio, la violencia física o actos ilícitos, con independencia de que constituyan o no una infracción legal.
6.4 A través de la red del punto de acceso no podrán realizarse actividades que constituyan acoso a terceros, como, por ejemplo, contactar repetidamente de forma personal sin el consentimiento del destinatario o en contra de su respuesta, o solicitar a terceros que revelen contraseñas o datos personales con fines comerciales o contrarios a la ley.
6.5 A través de la red del punto de acceso no podrán realizarse actividades que puedan afectar al funcionamiento técnico fluido de la red del punto de acceso, en particular aquellas actividades que sobrecarguen excesivamente el sistema del proveedor.
7 Bloqueo de accesos al punto de acceso (Hotspot)
7.1 El proveedor está facultado para bloquear el acceso a la red del punto de acceso en su totalidad o a usuarios individuales, de forma temporal o permanente, cuando existan indicios concretos de que se han infringido o se están infringiendo las condiciones de uso y/o la legislación vigente, o cuando el proveedor tenga un interés legítimo en el bloqueo. Al decidir sobre un bloqueo, el proveedor tendrá debidamente en cuenta los intereses legítimos del cliente.
7.2 En caso de bloqueo temporal o permanente, el proveedor informará al cliente sin demora, indicando los motivos determinantes para el bloqueo.
8 Remuneración
8.1 Los trabajos destinados a lograr la operatividad estarán sujetos a remuneración por parte del cliente. Esto incluye, en particular, la concepción, medición y trabajos preparatorios para determinar las condiciones locales, la preconfiguración, entrega y montaje de los equipos en alquiler, su instalación y configuración in situ, los trabajos necesarios para la instalación de cableado, así como la instrucción del cliente y de su personal. Las adaptaciones y/o modificaciones realizadas a los equipos en alquiler a petición del cliente también estarán sujetas a remuneración adicional, siempre que no sean necesarias para el mantenimiento o la reparación de dichos equipos o para garantizar su uso conforme al contrato. Salvo que se acuerde lo contrario, la remuneración se efectuará según el esfuerzo real, de conformidad con las tarifas establecidas en el anexo.
8.2 La remuneración por el uso de los equipos en alquiler, su mantenimiento y cuidado se devengará mensualmente. La cuantía de la remuneración se determinará según la oferta. La remuneración mensual incluye el uso de los equipos en alquiler y los trabajos destinados a su mantenimiento y reparación, siempre que estos deriven de defectos de los equipos. La remuneración también cubre los gastos de desplazamiento de ida y vuelta ocasionados por defectos de los equipos.
8.3 El proveedor tendrá derecho al reembolso de gastos y costes de viaje en una medida razonable y por el importe efectivamente incurrido, previa presentación de los justificantes correspondientes, siempre que estos no estén incluidos en la remuneración según el apartado 8.2.
8.4 Salvo que se indique expresamente lo contrario, las cantidades mencionadas se entenderán más el impuesto sobre el valor añadido legalmente aplicable.
8.5 La remuneración según el apartado 8.1 será exigible al pago en un plazo de diez días naturales desde la fecha de la factura, contra la presentación de una factura en debida forma.
8.6 La remuneración según el apartado 8.2 será exigible al pago mensualmente por adelantado, a más tardar el quinto día laborable de cada mes natural. La obligación de pago comenzará con la consecución de la operatividad por parte del proveedor. Para el mes natural en el que se logre la operatividad, la remuneración por cada día siguiente al día en que se alcance dicha operatividad ascenderá a 1/30 del importe acordado en la oferta como alquiler mensual.
8.7 El proveedor estará facultado para aumentar por primera vez la remuneración según el apartado 8.2 tras transcurridos doce meses desde la celebración del contrato, mediante preaviso por escrito con tres meses de antelación al final del mes, siempre y cuando se hayan incrementado sus costes de material y personal necesarios para el mantenimiento de los equipos en alquiler. El cliente tendrá derecho a rescindir el contrato de alquiler en un plazo de seis semanas desde la recepción del preaviso de aumento de la remuneración. En caso de reducción de los correspondientes costes de material y personal del proveedor, el cliente podrá solicitar, una vez transcurrido el plazo indicado en la primera frase, una reducción proporcional de la remuneración.
9 Modificaciones en los equipos en alquiler; cambio de ubicación
9.1 El proveedor está autorizado a realizar modificaciones en los equipos en alquiler siempre que estas sirvan para su conservación. Solo se podrán llevar a cabo medidas de mejora si son razonables para el cliente y no menoscaban el uso contractual de los equipos en alquiler. El proveedor deberá informar al cliente con la debida antelación sobre dichas medidas. Si el cliente incurre en gastos como consecuencia de estas medidas, el proveedor deberá reembolsarlos.
9.2 Las modificaciones y adaptaciones en los equipos en alquiler por parte del cliente requieren la aprobación previa del proveedor. Esto se aplica, en particular, a las adaptaciones o instalaciones, así como a la conexión de los equipos en alquiler con otros dispositivos, sistemas informáticos o redes. Al devolver los equipos en alquiler, el cliente restablecerá su estado original a petición del proveedor.
9.3 El cliente no está autorizado a cambiar la ubicación de los equipos en alquiler sin el consentimiento del proveedor. El proveedor solo denegará su consentimiento si existen motivos importantes que hagan el traslado irrazonable para él. El proveedor podrá exigir que el transporte y la reinstalación sean realizados por él mismo, por un tercero encargado por él o por profesionales cualificados aceptados por él. El cliente asumirá los gastos y costes derivados del cambio de ubicación, así como los posibles costes adicionales de mantenimiento y cuidado que se deriven de ello.
10 Obligación de mantenimiento del proveedor; Derechos del cliente en caso de defectos
10.1 El proveedor está obligado a mantener los equipos arrendados en un estado adecuado para su uso conforme al contrato durante la duración acordada del mismo y a realizar los trabajos de mantenimiento y reparación necesarios para ello. Las medidas correspondientes se llevarán a cabo en intervalos regulares de mantenimiento, así como al producirse defectos, perturbaciones o daños. Se deberá conceder al proveedor el acceso necesario a los equipos arrendados para ello.
10.2 El cliente deberá comunicar al proveedor sin demora los defectos, perturbaciones o daños que se produzcan.
10.3 La eliminación de defectos se realizará mediante la subsanación o reparación gratuita de los equipos arrendados. Para ello, se deberá conceder al proveedor un plazo razonable. El proveedor podrá optar por eliminar los defectos de los equipos arrendados mediante reparación, instalación de actualizaciones o mejoras, o sustitución de los equipos arrendados o de componentes individuales.
10.4 En la medida en que el proveedor pueda eliminar los defectos de forma remota a través de una conexión VPN, no estará obligado a realizar la eliminación de defectos in situ.
10.5 La rescisión del contrato por parte del cliente conforme a § 543 Abs. 2 Satz 1 Nr. 1 BGB por no permitir el uso conforme al contrato solo será admisible si se ha concedido al proveedor una oportunidad suficiente para eliminar los defectos y esta ha fracasado. Solo se considerará que la eliminación de defectos ha fracasado si esta es imposible, si el proveedor la rechaza o la retrasa de manera desproporcionada, si existen dudas fundadas sobre las posibilidades de éxito o si, por otros motivos, resulta desproporcionado para el cliente.
10.6 Los derechos del cliente por defectos quedarán excluidos en la medida en que este realice o haga realizar modificaciones en los equipos arrendados sin el consentimiento del proveedor, a menos que el cliente demuestre que dichas modificaciones no tienen efectos desproporcionados para el proveedor en el análisis y la eliminación del defecto. Los derechos del cliente por defectos permanecerán inalterados en la medida en que el cliente esté autorizado a realizar modificaciones, en particular en el marco del ejercicio del derecho de autoliquidación conforme a § 536a Abs. 2 BGB, y estas se hayan ejecutado de manera profesional y se hayan documentado de forma trazable.
11 Limitaciones de responsabilidad
11.1 El proveedor responderá, en el marco de las disposiciones legales, de manera ilimitada por los daños
11.1.1 derivados de la lesión de la vida, el cuerpo o la salud, que se basen en un incumplimiento doloso o culposo de obligaciones o, en su caso, en un comportamiento doloso o culposo del proveedor o de uno de sus representantes legales o auxiliares de cumplimiento.
11.1.2 por la ausencia o desaparición de una cualidad garantizada.
11.1.3 que se basen en un incumplimiento doloso o gravemente culposo de obligaciones o, en su caso, en un comportamiento doloso o gravemente culposo del proveedor o de uno de sus representantes legales o auxiliares de cumplimiento.
11.2 El proveedor responderá, con limitación a la indemnización del daño típico previsible del contrato, por aquellos daños que se deriven de una leve negligencia en la violación de obligaciones cardinales o de obligaciones contractuales esenciales por parte del proveedor o de uno de sus representantes legales o auxiliares de cumplimiento.
11.3 En los demás casos de comportamiento levemente negligente, el proveedor responderá con un límite equivalente al séxtuplo de la renta mensual por cada caso de daño.
11.4 Queda excluida la responsabilidad objetiva del proveedor conforme a § 536a Abs. 1 BGB por vicios que ya existieran en el momento de la celebración del contrato.
11.5 En el marco de las disposiciones anteriores, el proveedor solo responderá en caso de pérdida de datos por el importe del daño que se hubiera producido incluso con una copia de seguridad adecuada, regular y proporcional a la importancia de los datos realizada por el cliente.
11.6 Las disposiciones anteriores se aplicarán, por analogía, también a la responsabilidad del proveedor en relación con la indemnización de gastos inútiles.
11.7 La responsabilidad conforme a la Ley de Responsabilidad por Productos Defectuosos (Produkthaftungsgesetz) no se verá afectada.
12 Duración del contrato, finalización del contrato de arrendamiento
12.1 El contrato de arrendamiento comienza en el momento indicado en la oferta del proveedor, a más tardar con la puesta a disposición de los equipos arrendados y la creación de la operatividad según el punto 3. El contrato tiene la duración establecida en la oferta del proveedor.
12.2 Durante la duración acordada del contrato, queda excluido el derecho a la rescisión ordinaria para cada una de las partes contratantes. Queda a salvo el derecho de rescisión por causa justificada.
12.3 Para su validez, la rescisión requiere la forma escrita.
13 Devolución
13.1 Al finalizar la relación contractual, el cliente deberá devolver al proveedor los equipos arrendados en estado adecuado. La obligación de devolución incluye también los programas informáticos proporcionados en los soportes de datos originales, así como los manuales y la documentación. Las copias eventualmente realizadas de los materiales facilitados por el proveedor deberán ser eliminadas de forma completa y definitiva.
13.2 Al devolverse los equipos arrendados, se elaborará un acta en la que se registrarán los posibles daños y defectos de dichos equipos. El cliente deberá asumir los costes de la restauración en caso de daños o defectos imputables a él.
13.3 Salvo que se acuerde otra cosa en el contrato de arrendamiento, el proveedor asumirá los costes de desmontaje, embalaje y transporte de retorno de los equipos arrendados.
14 Publicidad de referencia
14.1 El cliente y el proveedor se conceden mutuamente el derecho de mencionar, en el contexto de la oferta de servicios de la otra parte contractual, a la otra parte como socio de referencia en su presentación externa. A tal efecto, las partes se otorgan recíprocamente un derecho de uso para emplear signos distintivos de la empresa, marcas, logotipos corporativos y nombres sobre los que la otra parte contractual tenga derechos, en particular para su uso en Internet, así como para su representación en materiales publicitarios y folletos.
14.2 La concesión de derechos se limita a fines de autopromoción. Las partes contratantes no están obligadas a retirar material publicitario ya en circulación tras la finalización del plazo contractual.
14.3 El uso es gratuito para ambas partes.
14.4 Las partes deberán ponderar cuidadosamente los intereses comerciales de la otra parte al realizar las menciones.
15 Otras disposiciones
15.1 Será de aplicación el derecho material de la República Federal de Alemania, con exclusión de las normas de conflicto del derecho internacional privado.
15.2 Las modificaciones o adiciones al presente contrato, así como la garantía de características y las garantías, requerirán siempre, para su validez, la forma escrita.
15.3 En caso de que una disposición del presente contrato sea o devenga total o parcialmente inválida, o si el contrato contuviere una laguna normativa, la validez jurídica de las restantes disposiciones contractuales no se verá afectada por ello.
Condiciones Generales de Suministro y Provisión para Tecnología WLAN y VPN de ASCEND GmbH – Versión: 11.02.2020





